El cuarenta por ciento de los inmuebles en Villaralto podrán verse afectados por la variación del valor catastral de cara al año 2014, puesto que la Dirección General del Catastro insta a bajar o subir los valores catastrales en función de cuál sea el año de aprobación de la Ponencia de Valores de cada municipio para que la realidad catastral se ajuste a la actual situación del mercado inmobiliario.
Para dar cumplimiento a la modificación del articulo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), la Dirección General del catastro ha analizado la situación de los valores catastrales en los distintos municipios españoles, con objeto de determinar el valor catastral vigente y el del mercado.
Este método de actuación del valor catastral es una de las medidas contempladas en la Ley 16/2012, aprobada por el Gobierno el pasado 28 de diciembre. Aunque no es la única de calado incluida en la misma , puesto que esta iniciativa legislativa también contempla la regularización de los inmuebles rústicos y urbanos ( y las eventuales modificaciones que se hubiesen realizado en ellos) que no estén registrados en el catastro.
Es importante señalar que los efectos derivados de dicha regularización serán desde el momento en que se realizó el acto, hecho o negocio por el que se originó la incorporación o modificación. Una circunstancia que obliga a la regularización tributaria por los años no prescritos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
ADMINISTRA TU LIBERTAD DE EXPRESION, no la malgastes y todos ganaremos.