miércoles, 12 de octubre de 2011

Habilitado el plazo para solicitar el voto por correo


La fecha tope de solicitud es el 10 de noviembre, en cualquier oficina de Correos. El trámite es gratuito y solo se necesita la presentación del DNI. La emisión del voto es válida hasta el día 16.


Los electores que prevean que en la fecha del 20 de noviembre no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo, previa solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral con los requisitos siguientes:

1. La fecha para solicitarlo es del 27 de septiembre al 10 de noviembre.

2. Deberá solicitarse personalmente en cualquier oficina de Correos previa presentación del DNI.

3. En caso de no poder presentar la solicitud personalmente (por enfermedad o incapacidad) deberá acreditarse por certificación médica oficial y gratuita, y en ese caso, podrá autorizarse notarialmente y también de forma gratuita, a otra persona a realizar la solicitud.
Los teléfonos del Colegio Oficial de Médicos son 91 385 100 y 91538 51 01.
Los teléfonos del Colegio Oficial de Notarios son 91 213 00 00 y 91 522 56 20.

4. La oficina del censo Electoral reemitirá por correo certificado la documentación necesaria para que ejerza el voto y las instrucciones de cómo debe hacerse. La recogida de esta documentación debe ser realizada personalmente del 31 de octubre al 13 de noviembre.

5. Cuando el elector tenga preparado su voto conforme a las instrucciones de la Oficina del Censo Electoral, lo llevará a Correos del 31 de octubre al 16 de noviembre.

Toda la tramitación es gratuita. Una vez solicitado el voto por correo, ya no se puede votar presencialmente (aunque no se haya llevado el voto a Correos).

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